CHETUMAL.- El Dr. Martín Ramos Díaz, profesor-fundador
de la Universidad de Quintana Roo, dio a conocer la propuesta presentada en el
“Foro de consulta Comunidad Académica y Científica”, convocado por la XIII
Legislatura del Estado de Quintana Roo, celebrado el 12 de septiembre en Playa
del Carmen, Quintana Roo. La ponencia comprendió once argumentos para otorgar
la autonomía a la Universidad de Quintana Roo.
Con
esto se crea el Comité Pro-Autonomía de la Universidad de Quintana Roo, cuyo
propósito es “buscar restituir la legislación autonómica con que nació la
Universidad de Quintana Roo en 1991, expresada en el Decreto de Creación y en
la primera Ley Orgánica de la Universidad de Quintana Roo en 1992”.
“Los que están respondiendo con mucha
fuerza son los estudiantes, los profesores van de manera más pausada, es
entendible, los profesores se están jugando el empleo”, dijo Martín Ramos.
La propuesta contiene dos argumentos
importantes relativos a la legislación universitaria y las modificaciones
hechas a la Ley Orgánica:
5. La autonomía universitaria implícita
está presente en el decreto de creación (1991) de la Universidad de Quintana
Roo.
·
Artículo
1. “Se crea la Universidad de Quintana Roo, como un organismo descentralizado del Estado, de interés público y
social, con personalidad jurídica y patrimonio propios.”
·
Artículo
7. “A fin de realizar su objeto, la Universidad tendrá facultades para: I.
Organizarse… II. Dotarse de normas necesarias y suficientes de autogobierno… III. Planear, programar y ejecutar actividades de
enseñanza… VI. Administrar su patrimonio y recursos económicos y allegarse
ingresos, rindiendo cuentas periódicas de ello… VII. Admitir como alumnos a los
aspirantes que demuestren capacidad y voluntad de estudio… IX. Seleccionar,
contratar, promover y dar por concluida la relación laboral con el personal
académico…”
·
Artículo
14. Inciso b) “La universidad deberá ser una institución dedicada al
conocimiento, con régimen de autogobierno,
con libertad académica y abierta a la plena circulación de las ideas para el
desarrollo del pensamiento crítico y creativo.”
·
Artículo
33. “Para garantizar la legitimidad básica; interna y externa de autogobierno de los universitarios, el
régimen de gobierno de la Universidad deberá, por una parte, basarse en la una
estructura equilibrada y con definición de competencias, de órganos
unipersonales y colegiados de autoridad, en la participación representativa,
ponderada y responsable de personal académico y alumnos, y en el gobierno de
Derecho; y por otra, fortalecer su cuadro de libertades académicas e
institucionales, su capacidad de respuesta a las demandas de la sociedad y la
participación de la sociedad en la Universidad”.
·
Artículo
62. “La participación organizada y normada de los universitarios en la
estructura y gobierno de la institución deberá ser la contraparte interna,
necesaria y saludable, de la capacidad de autogobierno
que la sociedad y el estado le confieren a la Universidad. (…)
6. La autonomía universitaria implícita
del Decreto de 1991 fue ratificada en la primera Ley Orgánica de la Universidad
de Quintana Roo, en 1992. (En este argumento se mencionan los párrafos
derogados):
·
Capítulo
I, artículo 3. “La Universidad de Quintana Roo es una Institución… VI. Con
régimen de autogobierno, con libertad
académica y abierta a la plena circulación de ideas, de manera apartidaria y no
proselitista” (este párrafo fue derogado).
·
Capítulo
I, artículo 4. “(…) El horizonte deseable de su crecimiento será dar paso a una
Red de Universidades Independientes, para lo cual la Legislación vigente
establecerá los criterios y limites pertinentes” (este párrafo fue derogado).
·
Capítulo
III, artículo 9, párrafo III. “El Área Académica, que quedará bajo la
coordinación de la Secretaría Académica y tendrá las funciones de enseñanza,
realización de investigaciones y desarrollos aplicados y tecnológicos,
logística educativa y de investigación, evaluación y mejoramiento de la
eficacia académica institucional…” (este
párrafo fue derogado).
·
Capítulo
IV, artículo 15. “La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros de
reconocido prestigio y solvencia moral, cinco de los cuales deberán ser
miembros del personal académico de la Universidad” (…) (este párrafo fue derogado).
·
Capítulo
IV, artículo 16. “Los cinco miembros del personal académico de la Universidad
que se integren a la Junta Directiva serán designados por el Consejo Universitario, y los cuatro
miembros restantes serán propuestos por el Consejo Social y designados por el
Patronato Universitario” (…) (este
párrafo fue derogado).
·
Capítulo
IV, artículo 18. “Corresponde a la Junta Directiva: I. Nombrar al Rector… II.
Coordinar la formación de una Comisión Especial, tripartita y proporcional,
integrada por miembros del Consejo Universitario, del Patronato y del Consejo
Social, cuyo objetivo será proponerle a esta Junta la terna para la designación
del Rector “ (este párrafo fue derogado).
·
Capítulo
VI, artículo 28. “Para ser Rector de la Universidad se requiere… IV Poseer
título o grado profesional universitario equivalente o superior al de Maestría
(…) VI. Haberse distinguido como directivo dentro del medio académico en alguna
institución científica o educativa de reconocido prestigio y de manera
ininterrumpida por un período mínimo de dos años” (este párrafo fue derogado).
Ramos Díaz
explicó que el comité se conformará por estudiantes, profesores y
sindicalistas, divididos en secciones en Isla Mujeres, Cozumel, Felipe Carrillo
Puerto y Chetumal. Agregó que es necesario revalorar la legislación para buscar
la autonomía y buscar el diálogo con el legislativo del estado; además de que a
20 años de la creación de la Universidad de Quintana Roo, es necesario buscar
la autonomía. El primer paso se ha dado una vez presentada la propuesta; queda reunir
a las personas que conformarán el comité y, posteriormente, establecer el
diálogo con el legislativo. De inmediato, el Dr. Ramos Díaz aclaró que este
movimiento renuncia a toda aspiración política y que ninguna de las personas
(profesores, académicos y empresarios) que conformarán el comité no ocuparán
puestos administrativos dentro de la institución.
Resulta interesante, que se gestione ese tipo de acciones que conllevan a un beneficio dentro de la comunidad educativa y docente. Sería una herencia de riqueza moral, propia de individuos con sencilles y completa humildad. Importante en el desarrollo de este tipo de acciones que abrazan a los necesitados y hambrientos de libertad de educación. "La tenacidad como virtud, eso es Quintana Roo"..himno a Q. Roo, del Prof. Ramón I. Suárez Caamal.
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